El contrato de las Tarjetas Revolving

El contrato de las Tarjetas Revolving

El contrato de las tarjetas revolving suele ser muy poco transparente violando en muchos casos la Ley de Condiciones Generales de Contratación y los requisitos de transparencia.

Ante la multitud de usuarios de Tarjetas Revolving que desconocían la naturaleza de sus tarjetas, os recomendamos que identifiquéis si la tarjeta o el crédito que tenéis es revolving.

Debéis mirar el contrato donde aparecerán las condiciones de las tarjetas que tenéis y, en especial fijaros en la parte donde aparece, la T.A.E.

Sin embargo, lo más comun entre los usuarios de las entidades bancarias, es que no se conserve el contrato, o que directamente, nunca hayas tenido en tu poder una copia del mismo.

Otra manera de estar seguro del tipo de tarjeta que tenemos es reconocer la entidad con la que tienes la tarjeta de crédito. Como son contratos estándar que hacen estas entidades a todos los clientes, las condiciones son las mismas para todos. De esta forma si una tarjeta de crédito es revolving para un cliente, seguro que también lo es en tu caso.

Un ejemplo claro de tarjeta revolving es la Tarjeta Wizink o la Tarjeta Carrefour Pass, que son muy comunes y afectan a una mayor cantidad de clientes. Sin embargo, también existen otras tarjetas como la Tarjeta Ikea Family o la Tarjeta Alcampo más minoritarias y sobre todo, los créditos personales al consumo de Cofidis, Creditea, Cetelem o Vivus.

Recibos de la tarjeta Revolving.

Si tenemos una tarjeta revolving o pensamos que una de nuestras tarjetas puede serlo, te recomendamos que revises los recibos, y compruebes el tipo de interés aplicado.

En primer lugar, para confirmar si tenemos una tarjeta revolving, deberemos buscar los recibos mensuales y investigar el tipo de interés (T.A.E. o Tasa Anual Equivalente) que nos está ejecutando la entidad de crédito. Si este T.A.E. es mayor al 20%, estamos ante una tarjeta revolving.

Algunas veces, en lugar de la T.A.E. nos hacen referencia a el T.I.N. (Tipo de Interés Nominal) o el C.E.R. (Coste Efectivo Remantente), lo que nos va hacer más dificil el cálculo.

En el caso de la T.A.E. si es superior al 20%, dicho crédito es usurario.

Para acabar de dificultarlo, las entidades, para evitar que el cliente pueda identificar fácilmente si el crédito es usurario, emiten sus recibos de forma que sean en muchas ocasiones difíciles de entender.

Además, tras Sentencias del Tribunal Supremo, algunas entidades como Wizink o Cofidis lo que hacen es bajar el tipo de interés al 20% para evitar esa consideración de crédito usurario.

La deuda pendiente nunca desciende

En el caso de las tarjetas revolving, suele ser un problema recurrente, tras endeudarte, e ir pagando religiosamente la cuota mensual, resulta que la deuda no desciende, debido a los intereses tan altos.

Ahora bien, las deudas tienen un plazo de prescripción. Es decir, la obligación del pago de estas deudas caduca, cuando esto ocurre nadie nos podrá reclamar ese dinero.

Los plazos de prescripción están regulados por la Ley. Normalmente oscilan entre los 3 y 15 años, dependiendo del tipo de deuda.

En el caso de las tarjetas de crédito, actualmente el plazo de prescripción de la deuda es de 5 años.

De esta forma, y de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo del 20 de enero de 2020, el plazo de prescripción de la deuda de una tarjeta de crédito queda así:

  • Las tarjetas de crédito nacidas después del 7 de Octubre de 2015 el plazo de prescripción es de 5 años.
  • Tarjetas de crédito expedidas entre el 7 de Octubre de 2005 y el 7 de Octubre de 2015, caducan todas el 7 de octubre de 2020.
  • Las tarjetas de crédito nacidas antes del 7 de Octubre de 2005, tienen un plazo de prescripción de 15 años.

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